En Gaceta Oficial 40.154 fue publicada la providencia mediante la cual se ordena la difusión del baremo nacional para la asignación del porcentaje de discapacidad según el tipo de enfermedad ocupacional o accidente que desarrolle un trabajador durante el ejercicio de sus labores.
Según ya había explicado Carlos Carmona, coordinador de la Comisión Nacional del Baremo, se trata de una herramienta para determinar el grado de discapacidad a través de este porcentaje y, de acuerdo a lo establecido en la Lopcymat, se generará el cálculo de indemnización al trabajador, según reseña un comunicado del organismo.
Para su correcta aplicación, se ordena la constitución y organización de las juntas evaluadoras como órganos consultivos a los médicos.
En un lapso de 45 días debe haber culminado el proceso de capacitación a los médicos, quienes estarán falcultados para la aplicación del baremo.
Según ya había explicado Carlos Carmona, coordinador de la Comisión Nacional del Baremo, se trata de una herramienta para determinar el grado de discapacidad a través de este porcentaje y, de acuerdo a lo establecido en la Lopcymat, se generará el cálculo de indemnización al trabajador, según reseña un comunicado del organismo.
Para su correcta aplicación, se ordena la constitución y organización de las juntas evaluadoras como órganos consultivos a los médicos.
En un lapso de 45 días debe haber culminado el proceso de capacitación a los médicos, quienes estarán falcultados para la aplicación del baremo.
G & Z Consultores Gerenciales. C.A. ·
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