domingo, 28 de abril de 2013

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria - Biblioteca Digital Aristides Rojas...


Biblioteca Digital  Aristides Rojas

 

                                          Para ingresar pulse el siguiente enlace...

                                                  http://bibliodar.mppeu.gob.ve/

martes, 23 de abril de 2013

Fijan baremo para la indemnización de la discapacidad laboral

    
En Gaceta Oficial 40.154 fue publicada la providencia mediante la cual se ordena la difusión del baremo nacional para la asignación del porcentaje de discapacidad según el tipo de enfermedad ocupacional o accidente que desarrolle un trabajador durante el ejercicio de sus labores.

Según ya había explicado Carlos Carmona, coordinador de la Comisión Nacional del Baremo, se trata de una herramienta para determinar el grado de discapacidad a través de este porcentaje y, de acuerdo a lo establecido en la Lopcymat, se generará el cálculo de indemnización al trabajador, según reseña un comunicado del organismo.

Para su correcta aplicación, se ordena la constitución y organización de las juntas evaluadoras como órganos consultivos a los médicos.

En un lapso de 45 días debe haber culminado el proceso de capacitación a los médicos, quienes estarán falcultados para la aplicación del baremo.

 

G & Z Consultores Gerenciales. C.A. ·

martes, 16 de abril de 2013

El Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social ( MINPPTRASS ) anuncia en Gaceta creación del Registro Nacional de Organizaciones Sindicales

El Ministerio del  Poder Popular para el Trabajo y  Seguridad Social anunció la creación del Registro Nacional de Organizaciones Sindicales, de acuerdo con la Resolución 8.248 publicada en la Gaceta Oficial 40.146 de fecha 12 de Abril de 2013.
 Este Registro tendrá su sede en la ciudad de  Caracas, Distrito Capital y mantendrá Salas de Registro en las siguientes sedes:
Estado Amazonas, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Puerto Ayacucho.
Estado Anzoátegui, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Barcelona.
Estado Apure, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de San Femando de Apure.
Estado Aragua, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Maracay.
Estado Barinas, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Barinas.
Estado Bolívar, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Puerto Ordaz.
Estado Carabobo, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Valencia.
Estado Cojedes, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de San Carlos.
Estado Delta Amacuro en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Tucupita.
Estado Falcón, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Coro.
Estado Guárico, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de San Juan de Los Morros.
Estado Lara, en la sede de la Inspectoría del Trabajo en Barquisimeto.
Estado Mérida, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Mérida.
Estado Miranda, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Los Teques.
Estado Monagas, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Maturín.
Estado Nueva Esparta, en la sede de la inspectoría del Trabajo de Porlamar.
Estado Portuguesa, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Acarigua.
Estado Sucre, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Cumaná.
Estado Táchira, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de San Cristóbal.
Estado Trujillo, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Trujillo.
Estado Vargas, en la sede de la inspectoría del Trabajo de La Guaira.
Estado Yaracuy, en la sede de la Inspectoría del Trabado de San Felipe.
Estado Zulia, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo.
Distrito Capital, en la sede de la Inspectoría del Trabajo de la Zona Norte de Caracas.
Iguamente señala la Resolución que las competencias del Registro Nacional de Organizaciones Sindicales son las establecidas en el artículo 518 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
La resolución establece que aquellas solicitudes y trámites de las organizaciones sindicales que fueron presentadas en las Inspectorías del Trabajo entre el 1 de enero de 2013 y hoy serán enviadas al registro nacional o a las salas de registro regionales, dependiendo de su ámbito territorial de actuación, "sin que sea necesario realizar nuevamente la solicitud o trámite, ni reiniciarse el procedimiento".
El Registro Nacional de Organizaciones Sindicales, desarrollará un Sistema de información para la simplificación de los trámites administrativos, así como la digitalización del archivo, para atender con la mayor eficacia y eficiencia, todas las solicitudes y trámites.



OJO

G & Z Consultores Gerenciales, C.A., se complace en invitarles al Taller Teórico - Práctico: ASPECTOS LEGALES DE LAS RELACIONES DE TRABAJO EN EL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO. ¿CUAL ES LA  REALIDAD LABORAL EN VENEZUELA?
VIERNES 12 DE JUNIO DE 2015  -  LA CASTELLANA - CARACAS
Para mayor información, dirigirse a la página principal de este Blog o comunicarse por los correos electrónicos:
gzconsultoresgerenciales@gmail.com
gregladera@hotmail.com
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miércoles, 10 de abril de 2013

BCV publicó tasas de interés para prestaciones y compra de vehículos - Gaceta Oficial número 40.143, de fecha 9 de abril de 2013


(Caracas, 10 de abril. AVN).- El Banco Central de Venezuela (BCV) dio a conocer las tasas de interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo, adquisición de vehículos bajo la modalidad de cuota balón, operaciones con tarjetas de crédito y créditos dirigidos al turismo.
El aviso oficial del instituto emisor fue publicado en la Gaceta Oficial número 40.143, de fecha 9 de abril de 2013, que circuló este miércoles. El documento detalla lo siguiente:
La tasa activa para marzo de 2013, aplicable a los supuestos establecidos en los artículos 128, 130, 142 (literal f) y 143, cuarto aparte de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, será de 15,27%.
Esto se refiere a los intereses por la garantía de las prestaciones sociales cuando el patrono las acredita en la contabilidad de la empresa y aquellos que generan la mora en los pagos de salario, prestaciones sociales, indemnizaciones y por el pago de un salario inferior al mínimo.



La tasa para marzo de 2013, aplicable al supuesto al que se refiere el tercer aparte del artículo 143 de la misma ley, es decir, los intereses devengados por la garantía de las prestaciones sociales en fideicomisos o en el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales, será de 14,89%.
La tasa de interés activa máxima a ser aplicada en abril de 2013 a los créditos para compra de vehículos otorgados mediante contrato de venta con reserva de dominio y bajo la modalidad de cuota balón será de 15,27%. La cuota balón es la última cuota especial del financiamiento bancario de vehículos.
La tasa de interés anual que los bancos pueden aplicar por operaciones con tarjetas de crédito para abril de 2013 será de mínimo 17% y máximo 29%.
La tasa por obligaciones morosas de los tarjetahabientes para abril será de 3% anual adicional.
La tasa activa máxima preferencial para créditos destinados al turismo en abril será de 10,28%.
La tasa activa máxima preferencial a créditos en los supuestos establecidos en los artículos 28, 30 y 31 de la Ley de Crédito para el Sector Turismo será de 7,28%.
Esta abarcará a los prestadores que se registren en el ministerio, que inviertan parte de sus ganancias en la comunidad y participen en programas de desarrollo social, así como los que atiendan a turistas extranjeros con al menos 40% de su capacidad instalada, de acuerdo con el citado instrumento jurídico.


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