Desde el 1 de febrero entró en vigencia el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras que pecha el 0,75% de cada operación bancaria realizada por contribuyentes calificados por el Seniat como "sujetos pasivos especiales", o por contribuyentes vinculados a estos.
El Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (ITF, ó IGTF) se promulgó mediante el decreto Nº 2169 con rango, valor y fuerza de ley, publicado en la Gaceta Oficial 6.210 extraordinaria del 30 de diciembre de 2015, un día antes del vencimiento de la última ley habilitante que la Asamblea Nacional le otorgó al presidente Maduro (15/02/2015). Se estipuló su entrada en vigencia a partir del 1 de febrero de 2016.
El Impuesto a las Transacciones Financieras es similar al Impuesto al Débito Bancario (IDB) que ya ha sido aplicado en varias ocasiones en Venezuela durante tiempos de crisis, con la diferencia que solo se aplica a personas jurídicas calificadas como contribuyentes especiales. La ley no indica específicamente una lista o criterio de selección, ni establece expresamente cifras sobre el capital social o el mínimo de las transacciones bancarias mensuales para ser calificado como tal, pero otorga potestad al Seniat en la jurisdicción del contribuyente, para calificar y notificar a contribuyentes especiales del IGTF mediante providencia administrativa.
El Impuesto a las Transacciones Financieras es similar al IDB, pero limitado a personas jurídicas ( El IGTF no se aplica directamente a personas naturales, pero aparentemente esto no evita que la tasa sea aplicada cuando estas realicen transacciones con personas jurídicas calificadas como sujetos pasivos especiales. Por ejemplo, en el cobro de un cheque) . Esta tasa puede ser una importante fuente de ingresos para el fisco, y una forma de manejar el exceso de liquidez monetaria.
G & Z Consultores Gerenciales. C.A. ·